La Constitución española de 1876 fue promulgada el 30 de junio de 1876 por Antonio Cánovas del Castillo y fue la base de la Restauración borbónica.

Después del pronunciamiento de Martínez Campos en diciembre de 1874, Alfonso XII, hijo de Isabel II, es proclamado rey. Cánovas buscó la estabilización de la vida política, recogiendo el sentir de la burguesía. En primer lugar, había que terminar con los dos grandes conflictos bélicos heredados de la época anterior: la tercera guerra carlista y la guerra de los Diez Años en Cuba. En 1876 se termina la guerra carlista, con la marcha a Francia del pretendiente Carlos VII. En 1878 finaliza la guerra de los Diez Años en Cuba.

En segundo lugar, esa estabilización se basaría en la elasticidad de una nueva constitución, y en la integración en el sistema de los dos partidos que representaban las dos corrientes del liberalismo español, a través del mecanismo del turnismo. Y por fin, la estabilización pasaría por la consolidación del poder civil sobre el militar, relegando al ejército a los cuarteles y evitando su intervención.

Cánovas diseñó un nuevo sistema político, basado en la solidez para superar la inestabilidad anterior. Para ello, buscaría la inspiración en el modelo político inglés, con la alternancia de dos grandes partidos, y con la consolidación de dos instituciones fundamentales: Monarquía y Parlamento, a pesar de las evidentes diferencias entre ambos países.

La nación, para Cánovas, era una creación histórica configurada en el tiempo. De su experiencia histórica surgiría una constitución interna propia. La Historia habría convertido a la Monarquía y a las Cortes en instituciones fundamentales de la constitución interna de la nación española. Por consiguiente, las dos debían ejercer la soberanía conjuntamente. Como se observa, Cánovas retomaba los principios del liberalismo doctrinario en relación con la soberanía compartida.

Siguiendo el modelo bipartidista inglés, Cánovas pretendía que la labor del Gobierno recayese, en exclusiva, en dos partidos, alternándose en el poder y en la oposición, evitando las consecuencias de inestabilidad que se habían derivado del cuasi monopolio del poder por parte de los moderados en el reinado de Isabel II. Otra cuestión es cómo fue el funcionamiento real de la alternancia en el poder, que se basaba en la manipulación electoral, especialmente cuando se aprobó en 1890 el sufragio universal. Para formar el sistema de partidos organizó el Partido Conservador y obtuvo la colaboración de Sagasta para formar el Partido Liberal. Fuera del sistema quedarían los republicanos y los carlistas.

Se reunieron Cortes Constituyentes después de unas elecciones. El resultado fue la aprobación de una Constitución de signo moderado basada en la del 45, pero con algunas aportaciones de la del 69. Esta Constitución de 1876 estuvo en vigor hasta el golpe de Miguel Primo de Rivera en 1923. Se trataría de un texto caracterizado por la elasticidad, es decir, con un articulado poco preciso que le hacía compatible con gobiernos distintos. Se podrían variar leyes sin cambiar la Constitución y eso daría estabilidad, algo de lo que se había carecido con otras constituciones anteriores mucho más rígidas.

Se proclamaba la soberanía compartida entre la Corona y las Cortes. La declaración de derechos sería semejante en apariencia a la de 1869, pero se limitaba a reconocerlos y dejaba la regulación concreta de su ejercicio a leyes posteriores. Esto permitió a los gobiernos limitar o anular los derechos por ley. En general, los conservadores los restringían, y los liberales los ampliaban, cuando ejercían el poder.

Después de un duro debate parlamentario se impuso la opinión de Cánovas en materia religiosa: el catolicismo como religión oficial del Estado y la prohibición de las manifestaciones públicas de otras religiones, aunque se reconoció la libertad individual de culto.

La Corona conservaba amplias prerrogativas según la tradición moderada: mantendría el poder ejecutivo, tendría potestad legislativa con las Cortes, nombraba y separaba libremente a los ministros, sancionaba y promulgaba leyes, convocaba, disolvía y suspendía las Cortes, que eran bicamerales. El Senado tendría un carácter elitista y conservador con senadores vitalicios por derecho propio (nobles, clero, altos funcionarios, etc.), senadores vitalicios de nombramiento regio, y senadores elegidos por los mayores contribuyentes y las corporaciones. El Congreso de los Diputados sería electivo, en principio por sufragio censitario, aunque luego, como hemos visto, se cambió.

Cánovas construyó un sistema político en principio duradero, aunque cada vez más alejado de la realidad social, y que comenzó a sufrir una profunda crisis a partir del Desastre del 98, que se amplió durante el reinado de Alfonso XIII por su incapacidad para democratizarse plenamente.