La articulación y organización del territorio constituye un asunto de capital importancia en la Historia de España.

Durante la Edad Moderna, desde los Reyes Católicos hasta los Borbones, se produjo una evidente tensión entre la centralización defendida por la Corona y el mantenimiento de los ordenamientos jurídicos propios de los territorios de la Corona de Aragón.

La centralización está muy relacionada con el nacimiento y desarrollo del Estado moderno a partir de la crisis bajomedieval, primero a través de la Monarquía autoritaria, y luego en el intento de establecer el absolutismo.

Los Reyes Católicos, una vez alcanzado el poder, levantaron un aparato institucional centralizador a través de la creación de los Consejos, que los Austrias desarrollaron plenamente. Nacía pues una sofisticada administración, nutrida por juristas formados en las Universidades.

La centralización del poder siempre encontró fuertes resistencias en la Corona de Aragón, con una tradición de gobierno pactista, es decir, por la necesidad de llegar a acuerdos entre las instituciones representativas estamentales ––Cortes y sus Diputaciones–– con la Corona. Los Austrias intentaron socavar esta situación. Procuraron aplicar instituciones comunes, siendo el ejemplo más notorio el de la Inquisición moderna en Aragón, que causó fuertes resistencias, dependiendo, como la castellana, de una institución central, el Consejo de la Inquisición.

También se enfrentaron con algunas instituciones que velaban por el respeto de los fueros, como fue el caso de Felipe II contra el Justicia de Aragón en relación con el asunto de Antonio Pérez. Por fin, el conde-duque de Olivares en el siglo XVII intentó imponer un modelo centralizador a través de la Unión de Armas. El objetivo principal del valido era que el rey dejara de serlo de los distintos reinos para serlo de España. Pero también pretendía que todos los territorios contribuyesen al esfuerzo fiscal y militar. Aunque los intentos de resistencia durante la época de los Austrias serían reprimidos, nunca se abolieron los fueros de esos territorios, es decir, que la pulsión centralista tuvo sus límites. Pero la nueva dinastía borbónica trajo un cambio fundamental en la organización territorial de la Monarquía, porque supuso el triunfo del centralismo absoluto y uniformador en España.

Con Felipe V, los reinos y territorios de la Corona de Aragón vieron abolidos sus fueros e instituciones cuando fueron derrotados en la guerra de Sucesión. Se implantó un modelo absoluto y centralista, que no había existido anteriormente en la Monarquía Hispánica, un conglomerado de Estados y Reinos con sus instituciones y ordenamientos jurídicos propios. Parece evidente que los Decretos de Nueva Planta se impusieron como represalia por la oposición de estos reinos al nuevo rey, pero no cabe duda que el primer Borbón tenía muy claro que había que establecer una nueva forma de administrar la Monarquía, en línea con lo que había implantado Luis XIV, aunque adaptada a las peculiaridades españolas.

Los Decretos de Nueva Planta suprimieron las instituciones y fueros de los reinos de la Corona de Aragón. En 1707 se implantó el primero de ellos sobre Aragón y Valencia, después de la batalla de Almansa. En 1715 se promulgó el Decreto que se aplicó a Mallorca, que pudo conservar algunas instituciones. Por fin, en 1716, se dictó el Decreto de Nueva Planta para Cataluña, que vio respetado su derecho civil. El ánimo centralizador borbónico no llegó a las provincias vascas ni a Navarra, porque ambos territorios habían sido fieles al rey.

Desapareció la figura del virrey, sustituida por la de capitán general, que aunaba competencias gubernativas con otras militares. Se establecieron las Audiencias, encargadas de asesorar al capitán general e impartir justicia. Lo más genuinamente francés fue la figura del intendente, también aplicada en Castilla, un funcionario encargado del gobierno de las Intendencias, aunque se respetaron a los corregidores.

Otro aspecto fundamental en la centralización borbónica sería el fiscal. Se impuso un sistema de contribución única. Cada reino debía recaudar una cantidad fija, según su peso demográfico y riqueza: la Talla (Mallorca), la Contribución Única (Aragón), el Catastro (Cataluña), y el Equivalente (Valencia). La uniformidad llegó también al idioma, con la implantación del castellano como única lengua administrativa.